La reeducación sexual entre infantes y adolescentes es responsabilidad del Estado para evitar embarazos no deseados y muertes de mujeres que practican abortos inseguros.
En gran parte, las mujeres que fallecen por abortos mal aplicados, clandestinos o realizados en casa son de escasos recursos y no tienen la posibilidad de pagar una clínica donde realizarse el procedimiento debidamente, refirió Yadira Cortez, integrante de la Red Mesa de Mujeres en esta frontera.
Lo anterior, en respuesta a la declaratoria de la Organización Mundial de la Salud (OMS), respecto a este tema, pues tan sólo el pasado 9 de marzo se publicaron nuevas directrices sobre el aborto para ayudar a los países a salvar vidas.
Entre las normativas, la asociación mundial refiere que se recomienda eliminar los obstáculos normativos innecesarios desde el punto de vista médico para el aborto seguro, como la penalización, los tiempos de espera obligatorios, el requisito de que otras personas (por ejemplo, la pareja o familiares) o instituciones den su aprobación, y los límites sobre el momento del embarazo en que se puede realizar un aborto.
También que estas barreras exponen a las mujeres y las niñas a un mayor riesgo de aborto no seguro, a la estigmatización y complicaciones de salud, además que aumentan las interrupciones en su educación y su capacidad para trabajar.
“Los datos demuestran que restringir el acceso al aborto no reduce el número de abortos. De hecho, es más probable que las restricciones empujen a las mujeres y niñas hacia procedimientos no seguros. En los países donde el aborto está más restringido, solo uno de cada cuatro abortos es seguro, en comparación con casi nueve de cada 10 en los países donde el procedimiento es ampliamente legal”, refirió en la publicación oficial Bela Ganatra, médico y jefa de la Unidad de Prevención del Aborto No Seguro de la OMS.
En este sentido, Cortez concordó en que la penalización del aborto pone en peligro la vida de las mujeres, pues son practicas que se llevan a cabo de manera clandestina porque no hay permisos, por lo que incluso corren el riesgo de incluso de ir a prisión.
“Como comunidad, como sociedad, como Estado es importante generar acciones de educación sexual para niños, jóvenes, adolescentes para que los adolescentes no deseados lleguen. Nos toca prevenir, más que atender”, manifestó.
PENALIZACIÓN
Según información de la organización Marea Verde, en la República Mexicana son nueve estados los que despenalizaron el aborto, sin embargo, en el estado de Chihuahua esta iniciativa de ley no se ha aprobado.
De acuerdo con el Código para el Estado de Chihuahua, el aborto se considera como la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del ambarazo.
Así como el artículo 145 señala que se impondrá una pena de entre seis meses y tres años de prisión a la mujer que voluntariamente practique su aborto o consienta que otro la haga abortar. En este caso, el delito de aborto solo se sancionará cuando se haya consumado.
Mientras que el artículo 146 del mismo código expone que en los únicos casos que se acepta fuera de responsabilidad a quienes practiquen un aborto son:
I. Cuando el embarazo sea resultado de una violación, siempre que se practique dentro de los primeros noventa días de gestación o de una inseminación artificial a que se refiere el artículo 148 de este código;
II. Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de afectación grave a su salud a juicio del médico que la asista, oyendo este el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora;
III. Que sea resultado de una conducta imprudencial de la mujer embarazada.
De acuerdo con el “Lineamiento Técnico para la atención del Aborto Seguro en México” emitido por el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva (CNEGSR), la ILE es aquella interrupción del embarazo que se realiza a simple demanda de la mujer en el periodo comprendido entre el momento de la implantación y las 12 semanas completas de gestación.
El acceso al aborto legal y seguro es parte esencial de los servicios de salud reproductiva a los que tienen derecho las mujeres, derechos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como en los tratados internacionales en materia de derechos humanos (GIRE, 2021).
El acceso al aborto legal y seguro se fundamenta en los derechos a la vida; la salud, incluida la salud reproductiva; la integridad física; la vida privada; la no discriminación y la autonomía reproductiva de las mujeres, según dio a conocer el Consejo Nacional de Población (CONAPO) el pasado 7 de abril de este año en la página oficial del Gobierno Federal.