El hallazgo de 386 cuerpos sin incinerar en el Crematorio Plenitud, ocurrido el 26 de junio en Ciudad Juárez, evidenció la falta de regulación en Chihuahua sobre el trato digno a las personas fallecidas.
Y, aunque la Ley General de Salud menciona la obligación de respeto hacia los cadáveres, no se existe un marco legal en este caso que garantizara la dignidad postmortem, declaró a Circuito Frontera la doctora en Derechos Humanos, Olivia Aguirre Bonilla.
La especialista consideró que este caso representó una vulneración grave a la dignidad de quienes fueron reducidos a simples objetos, luego de que los cuerpos no recibieron el reconocimiento humano que merecían.

Asimismo, las familias de las personas localizadas en el crematorio enfrentaron una doble afectación: la primera, tras recibir cenizas falsas en lugar de los restos de sus seres queridos y la segunda, al seguir exigiendo justicia y reparación del daño.
Explicó que el Código Penal del Estado contempla sanciones de hasta dos años de prisión por actos de profanación o vilipendio de cadáveres. Sin embargo, la legislación no incluye de forma específica la noción de dignidad postmortem.
Es precisamente esta omisión la que ha limitado la posibilidad de sancionar con proporcionalidad los hechos ocurridos en el Crematorio Plenitud, donde se observó desprecio y cosificación de los cuerpos localizados.
La también académica Universidad Autónoma de Ciudad Juárez recordó que la dignidad postmortem trasciende a la vida y se relaciona con el reconocimiento del ser humano, incluso después de la muerte.
Señaló que el cuerpo debe considerarse parte de una vida y de las memorias compartidas con sus familiares, por lo que negar ese respeto significa también reducir a las personas fallecidas a un estatus de cosa.
La abogada recalcó que el problema no se limita a la falta de protocolos estatales sino a la ausencia de garantías para las familias, pues los deudos, al no recibir los cuerpos experimentan un sufrimiento que puede equipararse a una forma de «tortura».
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Señaló además que, en el estado de Chihuahua no existen protocolos específicos para asegurar un manejo digno de restos humanos, lo que permitió que se realizaran este tipo de prácticas en el crematorio.
También que el episodio reflejó la falta de supervisión hacia funerarias y crematorios, pero además la deuda con las víctimas, en medio de un sistema carente de un marco legal que impide garantizar justicia y reparación ante violaciones a la dignidad póstuma.
La abogada refirió que este caso debe marcar un «parteaguas» para legislar entorno a la dignidad postmortem, ya que el respeto a los fallecidos corresponde a un principio ético, pero también provocó daños profundos en la sociedad y en las familias afectadas.







