Ocultar bienes o mentir en cuanto a la recepción de recursos para evadir una pensión alimenticia hacia los hijos se trata de un delito llamado “Fraude de Familiar”, el cuál se castiga con hasta cinco años de cárcel.
César Juárez, doctor en derecho y abogado de la asociación civil “Sin Violencia A.C”, refirió que este delito se encuentra estipulado en el artículo 193 de la Código Penal de Chihuahua. Sin embargo, es un tipo de violencia que suele invisibilizarse.
Expuso que, de acuerdo con la ley, quienes cometen este tipo de actos, anteriormente mencionados, pueden recibir una sentencia de entre uno y cinco años de prisión, por lo que es necesario que las personas estén informadas al respecto.
Señaló que actualmente, en el Congreso de la Ciudad de México se esta trabajando en una iniciativa conocida como “Ley Sabina”, que propone la creación de un Registro Nacional de Deudores Alimentarios.
Este registro contendrá información necesaria para que los padres que no pagan pensión alimenticia de sus hijos además sean incluidos en el buró de crédito y que, en caso de que el hombre pretenda casarse, se avise a la futura cónyuge que su pareja es deudor.