En Chihuahua, recientemente se reconoció el concubinato para la separación de bienes en caso de que la relación entre la pareja se disipe, luego de que se realizara una modificación al artículo 268 bis del Código Civil de Chihuahua.
Así lo explicó el doctor en Derecho, César Juárez, quien es colaborador de este medio en artículos de opinión.
Esto quiere decir que en la disolución del concubinato o del matrimonio contraído bajo el régimen de separación de bienes, cualquiera de las personas concubinas o cónyuges que haya realizado trabajo de hogar consistente en tareas de administración, dirección o atención del mismo o cuidado de la familia de manera cotidiana tendrá derecho a la repartición de los bienes adquiridos durante el matrimonio o el concubinato.
Actualmente, los conyuges o concubinos podrán obtener hasta el 50 por ciento de los bienes al momento de la separación, en caso de que durante la relación de pareja se dedicaran únicamente al hogar.