¿Sabías que trabajar en días festivos debe pagarse al triple de tu salario diario? Muchos trabajadores desconocen este derecho clave establecido en la Ley Federal del Trabajo.
Conocer y exigir este derecho es fundamental para garantizar una remuneración justa y proteger tus intereses laborales, especialmente en fechas señaladas como asuetos oficiales.
Según la Ley Federal del Trabajo en México, los empleados tienen derecho a recibir pago triple cuando laboran en días de descanso obligatorios o asueto, una medida destinada a proteger los derechos laborales y garantizar la compensación justa por el esfuerzo realizado en días festivos.
De acuerdo con Víctor Apodaca, abogado litigante laboral, los trabajadores que laboren durante días festivos, considerados inhábiles por la ley, tienen derecho a recibir un pago especial.
La Ley Federal del Trabajo establece que estos empleados deben recibir su salario diario más un adicional del 200 por ciento, lo que equivale a triplicar su salario diario.
Es decir, los patrones están obligados a pagar el triple del salario diario a quienes trabajen en días festivos.
Esta disposición aplica en fechas señaladas como días de asueto, por ejemplo: el 1 de enero, 16 de septiembre, 25 de diciembre, entre otros, de acuerdo con lo que establece el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.
El propósito de esta medida es asegurar que los trabajadores sean remunerados adecuadamente cuando son requeridos a laborar en jornadas que normalmente estarían dedicadas al descanso.
Además, busca disuadir a los empleadores de imponer trabajos en días festivos sin la debida compensación, fomentando el respeto a los derechos laborales.
Apodaca explicó que, si una empresa no cumple con esta obligación, el trabajador tiene el derecho de reclamar el pago adecuado.
Con la reciente Reforma Laboral, los procedimientos para hacer valer este derecho han cambiado, pues ahora, los trabajadores deben acudir a los Centros de Conciliación Estatal o Federal en lugar de las Juntas Locales o Federales de Conciliación y Arbitraje, que están en proceso de extinción.
En Ciudad Juárez, el Centro de Conciliación Estatal se encuentra en el edificio gubernamental ubicado en el Eje Vial Juan Gabriel en el cruce con calle Aserraderos. Mientras que el Centro de Conciliación Federal está en boulevard Gómez Morín casi esquina con la avenida Tecnológico.
Si el empleador se niega a pagar el monto correcto, el trabajador puede iniciar un proceso legal en un Tribunal Laboral.
Es fundamental que los empleados conozcan estos derechos y procedimientos para asegurar que se les compense adecuadamente por el trabajo realizado en días festivos.
Días Festivos 2024
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo señala los siguientes días de descanso obligatorio:
I. El 1o. de enero
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
IV. El 1o. de mayo
V. El 16 de septiembre
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
VII. El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
VIII. El 25 de diciembre
IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.