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    Tras el abandono: niños y adultos mayores terminan en refugios

    13.07.2024

    Fotografía: Redacción / Circuito Frontera

    Angélica Villegas / Circuito Frontera

    “Se solicita el apoyo de la comunidad para localizar a familiares de un adulto mayor extraviado/menor de edad”, así inicia siempre el boletín de prensa.

    Estas solicitudes son comunes en Ciudad Juárez, donde la vulnerabilidad de niños y adultos mayores se manifiesta en sus calles, cuando se encuentran personas extraviadas, desorientadas y sin la capacidad de encontrar el camino a casa.

    En medio de esta atmósfera, en muchas ocasiones, niños y niñas o adultos longevos son resguardados por agentes de la Policía Municipal, donde tras la publicación de una pesquisa, son recogidos por sus familiares a las oficinas de Trabajo Social. 

    Sin embargo, otras veces, quedan en el abandono o en el olvido, por lo que son trasladados a albergues municipales o a las instalaciones de la Subprocuraduría de la Defensa del Menor, ya que no se pudo localizar a sus familiares o nadie fue a reclamarlos. 

    Foto: Pixabay

    De acuerdo con información de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, en este 2024, un total de 44 adultos mayores fueron asegurados por la corporación, luego de que se localizan en calidad de extraviados en la vía pública. 

    Asimismo, 54 menores de edad, de entre 2 y 17 años fueron encontrados en la misma situación. 

    La Policía Municipal informó que del total de personas aseguradas, 8 adultos mayores fueron trasladados a algún albergue de la localidad, mientras que 19 menores se pusieron a disposición del Subprocuraduría de la Defensa del Menor (DIF), luego de que nadie fue a reclamarlos. 

    Foto: Pixabay

    Esta realidad refleja la vulnerabilidad a la que están expuestos estos grupos poblacionales, pues de acuerdo con el artículo 28 del Código para la Protección y Defensa del Menor en el estado de Chihuahua, los menores de edad que se encuentren en situación de riesgo, incluido el abandonado, quedarán bajo la tutela del poder público de la Procuraduría o DIF que corresponda. 

    Una situación similar ocurre en el caso de los adultos mayores.

    De acuerdo con la Ley de Derechos de las Personas Mayores en el Estado de Chihuahua, en el apartado I del Artículo 150, constituyen infracciones realizar cualquier conducta que ponga a la persona mayor en situación de riesgo o desamparo, según con los artículos 121, 122 y 123, donde se incluye el abandono. 

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    Adrián Sánchez Contreras, vocero de la Policía Municipal, indicó que en el caso de los adultos mayores, cuando no son reclamados por sus familiares, son trasladados a un albergue.

    Algunos de estos refugios a donde se han trasladado los adultos mayores son: Príncipe de Paz, Mi esperanza, Ancianos desamparados, Jazmines y Senecú.

    Sin embargo, en el caso de los menores de edad, cuando acuden los padres o tutores, deben acreditar que están a cargo de ellos, así como el caso es analizado por un juez.

    Mientras que si nadie acude a recogerlos es la Subprocuraduría del Menor la que se hace cargo de ellos.

    ¿Cómo sanciona el Estado el abandono?

    De acuerdo con el artículo 11 del Código para la Protección y Defensa del Menor en el estado de Chihuahua, las sanciones por el maltrato a un menor que no llegue a constituir delito o causa de pérdida de la patria potestad, podrá ser sancionado a juicio por la Procuraduría del Menor o DIF Municipal.

    Las sanciones por abandono, migración y maltrato a menores son: amonestación por escrito; multa de tres a cincuenta veces el salario mínimo general vigente y con una terapia individual o familiar. Donde la multa oscilaría entre los 746.79 y 12 mil 446.5 pesos.

    Mientras que en el caso de los adultos mayores, la Ley de Derechos de las Personas Mayores en el Estado de Chihuahua establece que las sanciones son: amonestación con apercibimiento, multa, servicio a favor de la comunidad, en beneficio a la población mayor, suspensión temporal del servicio que ofrezca un establecimiento residencial o de cuidado de personas mayores. 

    La multa podrá imponerse hasta por el equivalente a tres meses, de acuerdo con el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente que para este 2024 es de 3 mil 300.53 pesos mensuales, es decir, una sanción de hasta 9 mil 901.59 pesos, según se especifica en el Artículo 151 de la misma ley. 

    En consecuencia, en ambos casos, toda persona o institución pública o privada que tenga conocimiento de maltrato o abandono, deberá comunicarlo quienes proveerán sobre la custodia correspondiente y se abocarán a la investigación de los hechos.

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    En el estado de Chihuahua, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda del año 2020 se estimaba una población de 278 mil 960 adultos mayores de 65 años, de los cuales, poco más de 140 mil estaban en alguna condición de vulnerabilidad que responde a la falta de pensión, la falta de familiares directos que les brinden apoyo o bien, que se encuentren viviendo en asilos.

    Esta cantidad representa el más del 50 por ciento de la población de adultos mayores en alguna situación de vulnerabilidad.

    Mientras que según el Informe de Pobreza y Evaluación de CONEVAL, durante el 2018 la entidad se ubicó en el lugar número 24 a nivel nacional, en porcentaje de adultos mayores en situación de pobreza.

    Sin embargo, el abandono u omisión de cuidados de adultos mayores no contempla sanciones graves en el Código Penal del Estado de Chihuahua.

    Foto: Pixabay

    Al respecto, el diputado Benjamín Carrera Chávez, dijo que presentaron una iniciativa de ley para sancionar con hasta 2 años de prisión a quienes que abandonen a los adultos mayores, pues se trata de una práctica común en la entidad.

    La iniciativa contempla reformar el artículo 156 BIS de la siguiente manera: “A quien, teniendo la obligación de cuidar o encontrándose legalmente a cargo de una persona incapaz de valerse por sí misma, incumpla sus obligaciones como responsable de dicha persona ante algún centro, institución de cuidado o establecimiento asistencial, ya sea público o privado, repercutiendo esta omisión en el cuidado de la persona incapaz o adulta mayor, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión”.

    El diputado señaló que se trata de una situación apremiante que debe ser considerada, así como la posibilidad de una sanción con años en prisión, debido a la vulnerabilidad a la que se exponen los adultos mayores.

    Comentó que el abandono de personas mayores es una problemática social que aumenta por los cambios en los índices de natalidad y se ve afectado por la estadística de mortalidad, lo cual evidencia el enorme reto para atender la atención que se proporciona a este grupo poblacional.

    Carrera Chávez indicó que la iniciativa se presentó en noviembre del año pasado, sin embargo, aun no se discuté en la comisión del Congreso, lo cual podría realizarse en las próximas semanas.

    “Es un tema de justicia y humanidad. Tenemos que ser sensibles y empaticos con este grupo etario que es de los más vulnerables (…) Las personas que maltraten u humillen también deberían ser sancionados, porque hemos visto que en los asilos es común esa práctica. Son dos cosas, cárcel a quienes abandonen y otra un censo y regulación de los asilos, porque lamentablemente no existe”, concretó.

    Foto: Congreso del Estado de Chihuahua

    Adolescentes Adultos mayores Albergues Extraviados Niñas Niños Población Vulnerable

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